Resumen ejecutivo: el salario mínimo más alto del país en 2026 corresponde a la actividad no agrícola en CE1 (departamento de Guatemala) con Q. 4,002.28 mensuales ordinarios + Q. 250 de bonificación incentivo = Q. 4,252.28 totales. El más bajo es la actividad exportadora y maquila en CE2 con Q. 3,221.10 + Q. 250 = Q. 3,471.10. Todos los trabajadores con salario mínimo están exonerados del ISR en 2026.
Tabla oficial del salario mínimo Guatemala 2026
Según el Acuerdo Gubernativo 256-2025, los salarios mínimos vigentes en 2026 son los siguientes. Todos los montos están expresados en quetzales (Q.) e incluyen la bonificación incentivo de Q. 250 (Decreto 78-89) en la columna de "Total mensual":
Circunscripción Económica 1 — Departamento de Guatemala
Circunscripción Económica 2 — Resto del país
Fuente: Acuerdo Gubernativo 256-2025, publicado el 22 de diciembre de 2025 en el Diario de Centro América. Vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, salvo modificación posterior.
¿Qué es la circunscripción económica?
La circunscripción económica es la división territorial que utiliza el Acuerdo Gubernativo del salario mínimo para diferenciar regiones según su nivel de costo de vida. Existen dos:
- Circunscripción Económica 1 (CE1): comprende exclusivamente el departamento de Guatemala, que por su concentración urbana y mayor costo de vida tiene salarios mínimos más altos.
- Circunscripción Económica 2 (CE2): comprende los 21 departamentos restantes del país (Alta Verapaz, Baja Verapaz, Chimaltenango, Chiquimula, El Progreso, Escuintla, Huehuetenango, Izabal, Jalapa, Jutiapa, Petén, Quetzaltenango, Quiché, Retalhuleu, Sacatepéquez, San Marcos, Santa Rosa, Sololá, Suchitepéquez, Totonicapán y Zacapa).
La diferencia entre los salarios mínimos de CE1 y CE2 oscila típicamente entre el 4% y el 6% según la actividad. La división tiene carácter administrativo y busca reflejar las distintas realidades económicas regionales sin generar desigualdades excesivas.
¿Qué actividad económica aplica a mi empresa?
El Acuerdo Gubernativo 256-2025 establece tres categorías de actividad económica con salarios mínimos diferenciados:
Actividad agrícola
Incluye trabajos en el campo: cultivo, cosecha, ganadería, silvicultura, pesca, porcicultura, avicultura y demás actividades primarias relacionadas con la producción agropecuaria. Aplica a fincas, plantaciones, granjas y operaciones agroindustriales en su componente de campo.
Actividad no agrícola
Incluye industria manufacturera de consumo interno, comercio, servicios profesionales, construcción, transporte, telecomunicaciones, restaurantes, hoteles, finanzas, educación privada, salud privada y demás actividades urbanas. Es la categoría más amplia y aplica a la mayoría de PYMEs del país.
Actividad exportadora y de maquila
Aplica a empresas amparadas bajo el régimen de fomento a la maquila y la exportación (Decreto 29-89), que producen bienes destinados principalmente al mercado externo. Tiene salarios mínimos ligeramente menores como medida de competitividad regional, pero exige el mismo cumplimiento de prestaciones laborales que las demás actividades.
Criterios de aplicación según el Acuerdo 256-2025
El Acuerdo Gubernativo 256-2025 establece reglas claras para determinar qué salario mínimo aplica cuando hay ambigüedad. Los criterios se aplican en este orden de prelación:
- Lugar donde se presta el trabajo (criterio principal). El factor decisivo es dónde se ejecutan físicamente las labores. Por ejemplo, un trabajador de una empresa con sede en Quetzaltenango pero que labora en una sucursal del departamento de Guatemala recibe el salario mínimo de CE1.
- Naturaleza del servicio. Cuando el trabajo se desarrolla en una operación con actividad mixta, se aplica la categoría correspondiente a la actividad predominante o a la actividad específica del puesto.
- Lugar de residencia del trabajador (criterio supletorio). Solo se utiliza cuando los criterios anteriores no permiten determinar con claridad la circunscripción aplicable.
Bonificación incentivo: Q. 250 mensuales
Adicional al salario mínimo ordinario, todo trabajador del sector privado tiene derecho a la bonificación incentivo de Q. 250 mensuales, regulada por el Decreto 78-89 y sus reformas. Características clave:
- Es complementaria al salario ordinario y se paga junto con este cada mes.
- NO integra el salario ordinario para efectos de cálculo de prestaciones laborales (Bono 14, Aguinaldo, indemnización ni vacaciones).
- NO paga IGSS (ni cuota patronal ni cuota del trabajador) ni IRTRA ni INTECAP.
- En la práctica, su pago y monto pueden variar según política del patrono. Algunos patronos la integran al salario, otros la pagan separada con montos mayores.
- Al término de la relación laboral, se paga proporcional a los días trabajados del mes/quincena en curso si no se ha cubierto.
¿Los trabajadores con salario mínimo pagan ISR en 2026?
No. Conforme a la deducción mínima vital de la Ley de Actualización Tributaria y a la deducción extraordinaria establecida por el Decreto 13-2026, todos los trabajadores con salario mínimo en cualquier actividad y circunscripción del país están exonerados del ISR en 2026.
El cálculo es simple:
- Salario mínimo más alto vigente: Q. 4,002.28 mensual ordinario (no agrícola CE1).
- Ingreso anual gravable: Q. 4,002.28 × 12 = Q. 48,027.36.
- Deducción total 2026: Q. 48,000 (mínima vital) + Q. 3,024 (extraordinaria Decreto 13-2026) = Q. 51,024.
- Base imponible: Q. 48,027.36 − Q. 51,024 = negativo → ISR = Q. 0.
Para más detalle sobre la reforma del ISR de 2026, lea: Decreto 13-2026: Eliminación del ISR para salario mínimo en Guatemala.
¿Qué se debe pagar adicional al salario mínimo?
El salario mínimo es solo una parte del costo total de un trabajador. El patrono también debe cubrir cada mes:
- Cuotas patronales mensuales (14.67% del salario ordinario): IGSS patronal 12.67%, IRTRA 1%, INTECAP 1%.
- Provisión de Bono 14 (8.33% del salario): un sueldo ordinario adicional en julio.
- Provisión de Aguinaldo (8.33% del salario): un sueldo ordinario adicional en diciembre.
- Provisión de vacaciones (4.17% del salario): 15 días hábiles después de cada año.
- Provisión de indemnización (9.72% del salario integrado): pasivo laboral acumulado.
En total, por cada quetzal de salario nominal, el patrono paga aproximadamente Q. 1.45 a Q. 1.50 al mes. Si quiere calcular el costo exacto para su empresa, use nuestra calculadora del costo real de contratar un trabajador en Guatemala.
¿Qué se le descuenta al trabajador del salario mínimo?
Al trabajador con salario mínimo se le descuenta:
- IGSS empleado (4.83% del salario ordinario): sobre el salario ordinario, no sobre la bonificación incentivo.
- ISR: Q. 0 en todos los casos de salario mínimo en 2026 (ver sección anterior).
- Otros descuentos legales: cuotas sindicales (si está sindicalizado), embargos judiciales, anticipos pactados, cuotas voluntarias autorizadas por escrito.
Por ejemplo, para un trabajador no agrícola CE1 (Q. 4,002.28 + Q. 250 bonif.):
- Salario bruto: Q. 4,252.28
- (−) IGSS empleado (4.83% × Q. 4,002.28): Q. 193.31
- (−) ISR: Q. 0.00
- Salario neto a recibir: Q. 4,058.97
Sanciones por pagar bajo el salario mínimo
El Acuerdo Gubernativo 256-2025 y el Código de Trabajo establecen sanciones severas por incumplimiento:
- Multas por trabajador afectado: de 8 a 18 salarios mínimos mensuales para actividades no agrícolas, según gravedad y reincidencia.
- Pago retroactivo: el patrono debe pagar al trabajador la diferencia entre el salario pagado y el mínimo legal, más intereses moratorios.
- Procedimiento sancionatorio: iniciado por la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ya sea de oficio o por denuncia del trabajador.
- Cierre temporal: en casos de incumplimiento continuado, el establecimiento puede ser cerrado temporalmente.
- Responsabilidad solidaria: en cadenas productivas, los principales pueden responder solidariamente por los pagos de sus contratistas.
Casos especiales
Trabajadores de jornada parcial
Reciben salario proporcional al tiempo trabajado, calculado sobre la base del salario mínimo correspondiente a su actividad y circunscripción. Una jornada de 4 horas (50% de la diurna) genera derecho al 50% del salario mínimo, más bonificación incentivo proporcional.
Trabajadores domésticos
El régimen de trabajadores de casa particular (Arts. 161-166 del Código de Trabajo) tiene reglas especiales. Sus condiciones se pactan según costumbre, aunque la jurisprudencia ha extendido protecciones laborales generales. La práctica recomendada es pagar al menos el salario mínimo correspondiente.
Trabajadores agrícolas a plazo o por temporada
Reciben el salario mínimo agrícola correspondiente a su circunscripción, calculado proporcional al tiempo trabajado. El derecho al Bono 14, Aguinaldo y vacaciones también es proporcional.
Aprendices y menores de edad
Los aprendices con contrato de aprendizaje pueden recibir un salario inferior al mínimo durante el período de formación, según las reglas del Código de Trabajo. Los menores de 14 a 17 años tienen jornadas reducidas pero el salario mínimo aplicable es el general según actividad.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el salario mínimo en Guatemala 2026?
El salario mínimo más alto del país en 2026 es de Q. 4,002.28 mensual ordinario (no agrícola en CE1, departamento de Guatemala), más Q. 250 de bonificación incentivo, totalizando Q. 4,252.28. Los demás montos varían según actividad y circunscripción — ver tabla completa al inicio del artículo.
¿Cuándo entró en vigor el salario mínimo 2026?
El Acuerdo Gubernativo 256-2025 fue publicado el 22 de diciembre de 2025 y entró en vigor el 1 de enero de 2026, manteniéndose vigente todo el año salvo modificación posterior por nuevo Acuerdo Gubernativo.
¿Cuál es la diferencia entre Circunscripción Económica 1 y 2?
CE1 corresponde exclusivamente al departamento de Guatemala; CE2 corresponde a los 21 departamentos restantes del país. Los salarios mínimos de CE1 son ligeramente superiores a los de CE2 (entre 4% y 6% más altos) para reflejar el mayor costo de vida de la capital.
¿La bonificación incentivo de Q. 250 es obligatoria?
Está regulada por el Decreto 78-89 y sus reformas. En la práctica, su pago y monto pueden variar según política del patrono. Lo que sí es claro es que no integra el salario ordinario para efectos de IGSS, prestaciones (Bono 14, Aguinaldo, indemnización) ni vacaciones.
¿Los trabajadores con salario mínimo pagan ISR en 2026?
No. Todos los trabajadores con salario mínimo en cualquier actividad y circunscripción están exonerados del ISR en 2026, conforme a la deducción mínima vital combinada con la deducción extraordinaria del Decreto 13-2026 (total Q. 51,024 anuales). Detalle completo en nuestro artículo sobre el Decreto 13-2026.
¿Qué multas aplican si pago por debajo del salario mínimo?
Las multas oscilan entre 8 y 18 salarios mínimos mensuales por trabajador afectado en actividades no agrícolas, sin perjuicio del pago retroactivo de la diferencia más intereses moratorios. La Inspección General de Trabajo puede iniciar el procedimiento de oficio o por denuncia del trabajador.
¿Aplica el salario mínimo a contratos de servicios profesionales?
No directamente, porque los contratos de servicios profesionales no son relación laboral. Sin embargo, si la realidad de la prestación es laboral (subordinación, horario fijo, exclusividad), los tribunales aplicarán el principio de primacía de la realidad y declararán la existencia de relación laboral con todas las prestaciones — incluyendo el pago retroactivo del salario mínimo si no se cubrió.
¿El salario mínimo se actualiza cada año?
Sí. El salario mínimo se revisa anualmente por la Comisión Nacional del Salario y se establece por Acuerdo Gubernativo emitido por el Organismo Ejecutivo, generalmente publicado al cierre del año anterior. El Acuerdo 256-2025 rige todo 2026; para 2027 se emitirá un nuevo Acuerdo.